¿Se pueden llevar niños y bebés en coches sin carnet?

¿Necesitas llevar a un niño o bebe en tu coche sin carnet? ¿Conoces las normativas al respecto? ¿Sabías que existe la nueva normativa i-Size? En esta entrada te explicamos todo lo que debes conocer al respecto en el caso de los coches sin carnet. 

¿Qué dice la Ley?

De acuerdo al Reglamento General de Circulación, si puedes llevar niños y bebés en un coche sin carnet. No obstante, la Normativa establece la manera correcta y segura en que deben viajar los pequeños. A este respecto, en su Artículo 117 dice lo siguiente en el segundo párrafo del apartado 1:

“En todo caso, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil…”

Así mismo, en el primer párrafo del apartado 3 aclara lo siguiente:

“En los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, los ocupantes a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso.”

De acuerdo a esto, los coches sin carnet deben llevar a niños y bebes en una silla infantil homologada. Estas integran un sistema de retención que reduce hasta un 90% las probabilidades de lesiones y 75% de muerte si ocurre un accidente.  Con lo cual si tras pasar a tu bebe desde el coche de bebe al vehiculo, necesitas cumplir una serie de standares.

¿Cuál silla infantil se debe utilizar? 

Al comprar una silla infantil es importante asegurarte que sea la adecuada para la estatura o peso del niño o bebe. Así mismo, es imprescindible que esté correctamente instalada en el coche. En caso contrario, incumplirías con las Normativas, lo cual involucraría la inmovilización del vehículo.

Hay que tomar en cuenta que en julio de 2013 se aprobó la normativa europea R-129 o i-Size. Esta ha cambiado la homologación de las sillas infantiles. Ahora se clasificará por la estatura del niño y no el peso como establece la ECE 44/04. 

La R-129 o i-Size se ha ido implementando por fases y hasta la fecha la tercera fase se encuentra en desarrollo. Por lo que ambas normativas están en vigor. Esto quiere decir que aún puedes comprar sistemas de retención infantiles basados en el peso y usarlos sin problema. 

Los grupos de sillas de coche con homologación ECE R44/04:

  • Grupo 0: Hasta 10 kg (de recién nacidos hasta 1 año) 
  • Grupo 0+: Hasta 13 kg (de recién nacidos hasta 1 año y medio)
  • Grupo 1: De 9 a 18 kg (de 1 a 4 años)
  • Grupo 2: De 15 a 25 kg (de 3 a 6 años)
  • Grupo 3: De 22 a 36 kg (de 5 a 12 años)

Las sillas infantiles con homologación i-Size vienen con anclaje ISOFIX y se clasifican en 3 grupos. 

  • De 45 a 75 cm: De recién nacido hasta 1 año (equivalente al grupo 0 y 0+) 
  • Hasta 105 cm: De 6 meses a 4 años (equivalente al grupo 1)
  • De 100 a 135 cm: Para menos de 12 años (equivalente al grupo 2 y 3)

Por otro lado, los niños con una altura mayor a 135 cm o que tienen más de 12 años pueden viajar sin sistema de retención infantil. En este caso deben llevar puesto el cinturón de seguridad del coche. No obstante, la DGT recomienda (no obliga) utilizar silla hasta una estatura de 150 cm. 

¿Se puede utilizar alzador en los coches sin carnet?

Tomando en cuenta la normativa europea R-129 o i-Size, su actualización de junio del 2017 indica que se pueden utilizar SRI no integrales. Estos sistemas de retención infantiles son los alzadores sujetados con cinturón de seguridad. Por lo tanto, si puedes usarlos en tu coche sin carnet. 

No obstante, es importante que tomes en cuenta ciertas consideraciones. En especial, antes de comprar un alzador para tu coche. Principalmente, este tipo de sistema de retención sólo es adecuado para niños con más de 100 cm de altura. Por lo que, si mide menos de ello, se debe usar una silla y no un elevador. 

Así mismo, para niños que tienen entre 100 y 125 cm de altura es obligatorio usar un alzador con respaldo. Mientras que si mide entre 125 y 150 cm tienes la posibilidad de optar por un alzador sin respaldo. Sin embargo, la Normativa recomienda (no obliga) a que se lleve respaldo hasta los 150 cm. 

En conclusión, de acuerdo a la ley puedes emplear SRI integral y no integral cuando:

  • Mide menos de 100 cm: uso obligatorio de silla infantil.
  • Entre 100 y 125 cm: uso obligatorio de alzador con respaldo.
  • Entre 125 y 150 cm: uso de elevador con o sin respaldo.

¿Se puede llevar en el asiento delantero?

Principalmente el Reglamento General de Circulación sugiere instalarlos en el asiento trasero. Sin embargo, la Normativa en el artículo 117, a partir del segundo párrafo, establece algunas excepciones. A este respecto, dice:

“…Excepcionalmente podrán ocupar el asiento delantero, siempre que utilicen sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso, en los siguientes casos:

1.º Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.

2.º Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por los menores a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1.

3.º Cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil.

En caso de que ocupen los asientos delanteros y el vehículo disponga de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.”

Tomando esto en cuenta, si puedes instalar el sistema de retención infantil en el asiento delantero. La razón es que los coches sin carnet cumplen con el caso 1 de la excepción. No obstante, asegúrate de desactivar el airbag o pondrás en riesgo la seguridad del pequeño. 

David Arboledas
David Arboledas

David Arboledas es un experto del sector automovilístico con más de 20 años de experiencia.

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